Análisis

Te contamos la forma de eludir el “dólar Qatar”

por Mundo Dinero 02-04-2023
billie-dollar-money-background-3

La norma del dólar catar dice que, si un individuo gasta en un mes (sumando tarjetas de débito y de crédito) más de USD 300 se le aplica el “dólar Qatar”, que el viernes cerró en torno a los ARS 432 por cada dólar estadounidense.

La aplicación del “dólar catar” tiene que ver con un impuesto que no se cobra hasta transacciones por valor de USD 299 con tarjetas en el exterior.

Sin embargo, al tratarse de transacciones individuales, la forma de eludir esta norma se presenta con total facilidad. A modo de ejemplo, ante la realización de un pago de USD 1.200 en un comercio en el exterior, a realizarse con un plástico internacional de débito o de crédito, uno puede combinarlos o utilizar uno mismo para saldar la compra en pagos parciales de USD 299, pasándose la tarjeta cuatro veces por monto USD 299 y una quinta y última vez por valor de los USD 4 restantes.

Según comenta el periodista económico Mariano Gorodisch, todavía no tienen forma hoy las entidades bancarias y financieras de detectarlo, sobre todo en el caso de las tarjetas de débito al ser una transacción inmediata. Sin embargo, advierte que la AFIP sí tiene un control sobre estas transacciones simultáneas y que dicen estar trabajando para que esto no suceda más, e incluso amenazan con que puede llegar a ser retroactiva la aplicación del impuesto sobre las compras que se hayan realizado con esta práctica tras la entrada en vigor de la medida.

Sin embargo, dados los tiempos que puede llegar a tomarle al fisco trabajar y resolver este tema, el viajero terminaría ganando en términos financieros dado que no hay ajuste alguno por inflación previsto en ninguno de estos casos.

También sucede que, al hacer un pago como en el del ejemplo, para una misma compra uno hace pagos con distintas tarjetas de crédito del mismo banco (de hasta USD 299 cada uno), tampoco hay régimen de información que pueda cruzar esos datos de manera instantánea. También se informó que, para este caso, se está trabajando en el cierre de este gris del mecanismo.

Ni hablar, la aplicación del Dólar Qatar es aún más dificultosa cuando se tratan de tarjetas de crédito o débito de bancos distintos; por más de que los distintos pagos de hasta USD 299 inclusive se realicen con diferencia de segundos entre uno y otro.

Curiosamente, y como ante tantas otras medidas de controles de cambios que hemos vivido durante este siglo, esto está haciendo que numerosos argentinos que viajan al exterior estén realizando los pagos de sus hoteles día a día, bajando hasta la recepción del hotel para saldar de a una transacción por ves menor a USD 299 su estadía y con una diferencia estimada de 24 hs entre un pago y otro; eludiendo así la aplicación del impuesto adicional que sube los números hasta los del “dólar Catar”.

Siempre debe tenerse en cuenta que dentro de dos o tres meses, en caso de que la AFIP logre trabajar con las entidades bancarias y financieras una forma de controlar esta “división de pagos”, podríamos llegar a recibir una aplicación retroactiva del impuesto correspondiente al “dólar Catar”. Sin embargo, así como no aplica ningún tipo de ajuste inflacionario cuando uno solicita la restitución del adelanto a cuenta de ganancias que se incluye en la cotización de cada pago que hacemos durante un año fiscal, tampoco se podrá aplicar un ajuste inflacionario sobre esta falta de control sobre la propia medida que implementó la AFIP al “qatarizar” el dólar, permitiéndole al consumidor ganar una pequeña diferencia en pesos que apenas sirve de consuelo ante tantas peripecias que se deben atravesar viaje tras viaje.

Temas relacionados QHCLP 01.04.23