por Mundo Dinero
21 Noviembre de 2019“Se creó un consenso entre cinco proyectos de ley que había y se sacó el anteproyecto que se trató en Diputados”, explicó Armando Pepe.
Los puntos más relevantes son que los contratos en vez de dos años, los llevan a tres. Los ajustes en los contratos deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales de la inflación, según el índice de precios al consumidor que mide el Indec, y de los salarios, de acuerdo con el índice Ripte.
“Son cosas que vienen batallando los inquilinos. También habría cambios en el sistema de garantías. Se contemplarán diversas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, no sólo a través de la garantía inmobiliaria. Entre ellas, aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (se documenta con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar una de las propuestas. Y se reducirá el depósito de garantía a un mes de alquiler. Asimismo, las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario”, explicó Armando Pepe.
El documento también indica que los contratos deben estar registrados en AFIP. Un punto de inflexión para los propietarios que no suelen declarar correctamente la actividad. “La Afip no tiene un registro de contratos. Por otra parte si soy propietario, tendré que informar todos los meses lo percibido por alquileres, pagar ingresos brutos e impuesto a las Ganancias”, remarcó el presidente de CUCICBA.
“Lo que más asusta a los propietarios es el tema de los tres años de contrato. Y sobre cómo realizar los ajustes”, agregó.
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