Análisis

Lo que nadie dice sobre la eximición de Ganancias a jubilados

por Mundo Dinero 07-10-2019
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Con la utilización del mecanismo conocido como "artículo 280°", la Corte Suprema de Justicia dejó firme la sentencia de la Sala 2 de la Cámara de la Seguridad Social del caso Carderale sin ingresar a la discusión del tema. "Esta Corte ha sostenido que las jubilaciones y pensiones no constituyen una gracia o un favor concedido por el Estado, sino derechos incorporados al patrimonio, y ninguna ley posterior podría abrogarlos más allá de lo razonable", porque están protegidas por 'garantías de orden constitucional'", añade.

“Los jubilados alcanzados son 300.000 (el 3%). Los cobros superiores (los excedentes) a $78.000 mensuales son los alcanzados hasta ahora por el impuesto a las Ganancias. Por debajo de ese monto, no se paga al impuesto. A partir de ese monto la alícuota es progresiva”, explicó Mariano Otálora.

Entre los argumentos indicó el magistrado que "podría inferirse que el aporte en concepto de Impuesto a las Ganancias que grava a los jubilados sería percibido por el Estado en dos oportunidades con respecto a la misma persona".

Esto se debería a que por "derivación del principio de solidaridad que rige en esta materia: las jubilaciones y pensiones son consecuencia de la remuneración que percibían los jubilados como contraprestación laboral", y por la cual efectuaron sus aportes y tributaron Impuesto a las Ganancias.

Pero esto “no es cierto”, indicó Mariano Otálora. “Porque dentro del impuesto a las ganancias, deducís los aportes jubilatorios. Y aparte estamos hablando de un sistema de reparto en el cual los jubilados dependen de los activos actuales. Por tanto esto es un disparate judicial”, indicó.

“Lo que no dicen es que de ese tres por ciento, la mayoría son empleados judiciales. Por lo que vemos que la Justicia falla a su favor”, remarcó Otálora.

Para Guillermo Pérez, CEO de Grupo GNP, "los fallos de la Corte son improcedentes e inconducentes en este momento y lo único que hacen es generar incertidumbre sobre la incertidumbre. En definitiva el que va a sufrir es el argentino. Este fallo es tan malo como el de la coparticipación. Cuando le permite a las provincias reclamar un impuesto cuando el Gobierno nacional por un decreto de necesidad y urgencia puede eleminarlo o extender una exención. Por tanto las provincias obtienen con el fallo un derecho que no tienen”.

“Todo esto es parte de no mirar la realidad. Tenemos 9 millones de personas registradas que aportan. Y el Estado paga 21 millones de cheques por mes entre empleados públicos, subsidios y jubilaciones, en los cuales las jubilaciones se lleva el 70% u 80% de esos cheques. Si no empezamos a ver la realidad seguiremos en una lenta agonía”, remarcó Guillermo Pérez.

Miralo en el programa:

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